Desde el año 2015, existe en España la posibilidad de divorciarse ante Notario.
Los requisitos necesarios para llevar a cabo dicho divorcio express ante notario son:
1º, que desde el matrimonio hayan transcurrido más de tres meses
2º, que el divorcio sea de mutuo acuerdo
3º, que no existan hijos comunes menores de edad o con la capacidad judicialmente
modificada
4º, que la mujer no se encuentre embarazada cuando se insta el divorcio.
El procedimiento es relativamente sencillo: se recogerá en la escritura de divorcio la
voluntad de divorciarse, libremente expresada, de cada uno de los cónyuges. La
escritura de divorcio incorporará el convenio regulador de divorcio, que habrá
redactado previamente el letrado/s que haya asesorado a los cónyuges y que,
necesariamente, debe firmar junto con ellos la escritura de divorcio.
En el caso de que existieran hijos comunes mayores de edad que aún dependan
económicamente de sus progenitores, éstos tendrán que asistir y firmar igualmente la
escritura de divorcio.
La escritura de divorcio, al igual que las sentencias judiciales, tendrá acceso al
correspondiente Registro Civil, donde quedará inscrita en el correspondiente acta de
matrimonio.